Civil
Las actuaciones urbanísticas pueden tratarse civilmente, especialmente en el ámbito registral, inmobiliario y judicial.
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Todas las actuaciones en materia urbanística son susceptibles de tratamiento civil, en especial en el ámbito del derecho registral e inmobiliario y en el de sus conexiones en cuanto sean susceptibles de aplicación a aquellas. También lo son los actos de transmisión y gravamen de los bienes afectados, su régimen estatutario y, en particular, los conjuntos inmobiliarios, así como la intervención judicial en las situaciones precisas para ello.
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